Pedro Expósito.- El Comité de Competición de RFAF en Jaén ha desestimado la reclamación interpuesta por el CD Navas por posible alineación indebida del Begíjar CF en su partido de Primera Andaluza Jaén correspondiente a la jornada nueve. El ente sancionador entiende que no procede sancionar al cuadro begijareño una vez atendido su alegato de defensa.
El Begíjar CF versa su defensa también en el artículo 56 del Código de Justicia Deportiva
“a) Si fuera sancionado por infracciones de carácter leve cumplir la sanción en la competición en la que la infracción fue cometida, pudiendo ser alineado o actuar en otra competición en la que participase con el mismo equipo en el que fue sancionado.
A los efectos descritos en el párrafo anterior, se entiende por misma competición la que corresponde a idénticas categoría y división, incluidos, si los hubiere, tanto los torneos de promoción o permanencia, como las segundas fases.
b) Caso de que la suspensión sea como consecuencia de la comisión de infracciones de carácter grave o muy grave, implicar la prohibición de alinearse o actuar en toda competición, hasta el cumplimiento íntegro de la sanción”.
El Comité de Competición entiende como correcta la defensa del Begíjar CF y así lo refleja en el acuerdo.
“Este Comité comparte y hace suyos la acertada fundamentación de las alegaciones vertidas por el club BEGIJAR C.F., tras su acertado razonamiento jurídico sobre la alineación indebida en la que incurren los futbolistas, dorsal nº 11, al Sr. JOSE MARIA CASTELLANO BLANCO y con dorsal nº 4, al Sr. CRISTIAN UTRERA CAZORLA, ambos con licencia sénior del club BEGIJAR C.F.
Como bien se argumenta, los jugadores con el dorsal nº 11, al Sr. JOSE MARIA CASTELLANO BLANCO y con dorsal nº 4, al Sr. CRISTIAN UTRERA CAZORLA, ambos con licencia sénior, en el club BEGIJAR C.F., fueron sancionado por infracción leve al cumplimiento de dos partidos de suspensión, por el Comité de Competición, el día 6 de noviembre de 2023, pero en otra competición, esto es en partido de Semifinal (vuelta) de Fase Provincial de Copa de Andalucía, celebrado el día 1/11/2023.
A mayor abundamiento, no se puede proceder a sancionar a un club por alineación indebida a beneficio de la parte recurrente, mientras haya una mínima posibilidad de cumplimiento del equipo infractor en Competición en la que se deben cumplir las sanciones conforme a la norma” refleja el Comité de Competición.
“DESESTIMAR la reclamación por alineación indebida de los futbolistas, dorsal nº 11, al Sr. JOSE MARIA CASTELLANO BLANCO y con dorsal nº 4, al Sr. CRISTIAN UTRERA CAZORLA, ambos con licencia sénior, en el club BEGIJAR C.F., en base a lo establecido en el articulado esgrimido en la Delegación de Jaén fundamentación jurídica de esta resolución y no incumplir los jugadores reclamados ninguno de los requisitos generales para la alineación en el partido impugnado” resolvía el Comité.