Pedro Expósito.- El Comité de Competición de la Federación Jiennense de Fútbol se ha pronunciado, tras su reunión del pasado 17 de octubre, acerca de los hechos acaecidos y reflejados en el acta por el colegiado en el partido del pasado domingo entre el CD Arquillos y el Recreativo de Bailén, correspondiente a la jornada siete del campeonato liguero de Primera División Andaluza.
En el acta se recogían incidentes tales como la agresión a un jugador del Bailén, agresión al público y todo tipo de ofensas y menosprecios hacía compañeros sobre el verde y a los colegiados. Un lio del que han salido mal ambos clubs, habiendo recibido fuertes sanciones tanto de partidos de inhabilitación como económicas.
Por el conjunto anfitrión, el CD Arquillos, recibían sanciones sus futbolistas Dani Cruz y Alfonso Moret ‘Fofo’. El primero de ellos, por propinar un mordisco a un jugador del Recreativo de Bailén, un total de “seis partidos de suspensión y multa accesoria por agredir a un contrario precisando asistencia facultativa” según recoge la hoja de acuerdos del Comité de Competición. Para el segundo la sanción es de un partido por menosprecio hacía el colegiado.
Además el club del Santiago Astarriaga recibió una multa por “incidentes leves del público” que computan como “1ª Ocasión a efectos del art. 75 del CJD de la RFAF”.
El Recreativo de Bailén ha sido sancionado su defensor Kongui con “un partido de suspensión y multa accesoria Insultar, ofender, amenazar o provocar a un contrario” según publica el Comité de Competición que también ha procurado una sanción de “12 Partidos de suspensión y multa accesoria por agredir al público” al miembro del cuerpo técnico José Luis Madrigal.
Hechos estos que computan como 2ª Ocasión a efectos del art. 75 del CJD de la RFAF y ante los que el Recreativo de Bailén presentó alegación que finalmente ha sido rechazada por el ente que imparte justicia en el fútbol jiennense.
“Se desestiman las alegaciones presentadas por el club Bailen Rvo CF, ya que lo que no ha quedado desvirtuado el principio de presunción de veracidad de la que goza el acta arbitral. El único motivo por el cual podrían prosperar las alegaciones serían por error material, y este no ha quedado acreditado” sentenciaba el Comité de Competición.
Duras sanciones tras el CD Arquillos – Recreativo de Bailén
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